La deuda como relación de poder
El día lunes se conoció que la Corte Suprema de los Estados
Unidos no tomará el caso en el cual el juez Federal del Distrito de Nueva York
Thomas Griesa –nombrado por Richard Nixon, miembro del Partido Republicano,
en 1972- y la Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito de los Estados Unidos, condenaron al Estado Argentino a pagar 1300 millones de dólares a los “fondos buitres”
(holdouts) que no entraron al canje de la deuda externa argentina. Entre
los años 2005 y 2010 la Argentina reestructuró su deuda y acordó con el
93% de los acreedores una quita de capital y una reprogramación de los plazos
de pago. El 7% que no aceptó el canje inició diversos juicios, uno de
los cuales es el que comenzaron en el 2007 los fondos NML Capital Ltd. y EM Ltd
ante los estrados de Griesa. NML había comprado bonos de la deuda por
40 millones de dólares pero la sentencia obliga al Estado Argentino a pagar la
suma de 1300 millones de dólares, abriendo la puerta para reclamos de otros holdouts, pero también de quienes sí aceptaron
al canje. Esta sentencia implica un importante obstáculo en la política de
acercamiento a los mercados internacional de crédito que se advertía en los
últimos tiempos. En este registro debe enmarcarse no solamente el acuerdo con
el Club de París, sino también el pago de las sentencias de juicios tramitados
en el CIADI (Azurix y Blue Ridge), y el acuerdo con REPSOL como consecuencia de
la expropiación.
| Bilbao, 2013 |
Es importante (re)pensar todo este contexto, y quizás
particularmente la sentencia del Griesa, no solamente como un problema jurídico
o financiero, sino como un problema de poder. En estos casos, y en términos de
Maurizzio Lazzarato (La fábrica del hombre
endeudado, 2011) en lugar de hablar de finanzas, es preferible aludir a una
economía de la deuda que estructura una relación de poder entre acreedores y
deudores. A nivel microfísico, cotidiano, la relación acreedor-deudor instituye
una relación de poder específica en la cual el sujeto endeudado debe desarrollar
un modo de vida que sea compatible
con el reembolso. Si se piensa en
quien debe pagar el saldo de una tarjeta o un crédito hipotecario, se advierte
cómo la economía de la deuda impone en el sujeto endeudado modulaciones de
acciones y de tiempos. Al menos en parte, el sujeto endeudado debe ajustar su modo
de vida y el diagrama de su futuro a las exigencias del reembolso de la deuda
contraída. De la misma manera, a nivel macrofísico, las acciones políticas
presentes y futuras de los Estados están moduladas por la economía de la deuda,
y ya no son los Estados Imperialistas, sino de modo más sutil las agencias
calificadoras de riesgo y en este caso las presentaciones judiciales de grupos
de inversores las que hacen que la política estatal se termine ajustando –en más
de un sentido- a la capacidad de reembolso.
Teniendo en cuenta lo anterior, creo que lo que tiene Griesa
frente a sus ojos, y ha legitimado con su sentencia, no es solamente una causa
judicial en la cual unos “buitres” intentan hacerse de ganancias exponenciales,
sino que tiene ante sí un laboratorio privilegiado que muestra con total
claridad el funcionamiento de la economía de la deuda: un pequeño grupo de
acreedores con capacidad de condicionar las acciones presentes y futuras de un
deudor. Si esto es así, lo primero que deberíamos hacer es dejar de hablar de “buitres”
para referirnos a estos fondos. No solamente porque los buitres no pueden no
comerse los animales muertos, sino también porque los fondos “buitres” modulan las acciones de
quienes todavía están en vida y tratan de imprimir una vida condicionada, ajustada a los parámetros del pago. Pero
además, y esto es lo más difícil, la tarea pendiente radica en cómo (re)pensar
las estrategias de resistencia frente a estas tecnologías de poder que, muchas veces, no se presentan como tales.
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